BASES LEGALES DEL SORTEO

SEPHORA – “Sorteo Set Soulfood Amika”

20/04 - 27/04

 

I.                  OBJETO DEL SORTEO

 

SEPHORA COSMÉTICOS ESPAÑA, S.L. (en adelante también, el “Organizador” o “SEPHORA”), con domicilio fiscal en calle Alfonso XII 34 bajo izquierda, 28014 Madrid y CIF nº B-84227461, ha decidido poner en marcha el SORTEO 1 Set de Soulfood Amika (en adelante, el SORTEO) con objeto de promocionar productos Sephora.

 

II.                 ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DEL SORTEO

 

Ámbito Territorial

2.1.                 El SORTEO se desarrollará en el territorio de España (limitado a los residentes en dicho territorio).

Ámbito Temporal

2.2.                 El SORTEO se iniciará a las 10:00 horas del 20 de abril de 2025 y finalizará a las 23:59 horas del 27 de abril de 2025, ambos inclusive (en adelante, “PERÍODO PROMOCIONAL”).

 

III.             REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SORTEO.

3.1.                 La participación en el presente SORTEO es de carácter gratuito, dirigido a residentes en España y mayores de 16 años.

3.2.                 En particular, SEPHORA se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que viole cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente documento. Asimismo, SEPHORA también se reserva el derecho a verificar por cualquier procedimiento que estime apropiado que el ganador cumple con todos los requisitos de este documento y que los datos que proporcione a SEPHORA son exactos y veraces. Entre otras cuestiones, SEPHORA podrá pedir documentación a los participantes para que acrediten el cumplimiento de los requisitos de participación. La no aportación de esta documentación podrá dar lugar a la descalificación del participante requerido.

3.3.                 Quedan excluidos de este SORTEO los propietarios y empleados de SEPHORA, así como sus respectivos familiares, ascendientes, descendientes, cónyuges o parejas de hecho. Asimismo, el organizador se reserva el derecho a evitar que sobre este SORTEO se establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso podrá ejercer aquellas acciones legales que estime oportunas.

3.4.                SEPHORA descartará aquellas participaciones que sean abusivas o fraudulentas.

 

IV.            MECÁNICA DEL SORTEO

Para participar, deberán respetarse los siguientes requisitos:

4.1 Seguir a @sephora_spain y @amika

4.2 Mencionar a un amigo en el apartado de comentarios

4.3 Los participantes podrán participar en el SORTEO el número de veces que consideren oportuno sin estar esta limitada a un número concreto de veces por participante.

4.4 De entre todos los comentarios que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente, SEPHORA, mediante herramientas de selección aleatoria, obtendrá el/los ganadores del SORTEO. Se elegirá 1 ganadores de forma aleatoria. En ese mismo acto se elegirá 2 suplentes, el cual será premiado en el caso en el que el ganador elegido en primer lugar no se ponga en contacto con SEPHORA en las condiciones establecidas en el apartado V o haya sido descalificado conforme a lo establecido en las presentes Bases Legales.

4.5 El premio será para el/los participantes que hayan resultado ganador/es. El premio es personal e intransferible.

4.6 El premio será el siguiente:

Ø  1 Ganador/es: 1 Set de Soulfood de Amika valorado en xx €

o  1 Perk Up – 29,99€

o  1 Superfruit Star 50ml - 36

o  1 The Wizard 150ml – 30,99

o  1 Normocre champú 275ml - 24,99

o  1 Normocre acondicionador 275ml - 24,99

o  1 Mascarilla reparadora 250ml - 41,99

 

El ganador deberá respetar el reglamento. Si este no respondiera a los criterios del presente reglamento, no se le atribuirá el premio. Los participantes autorizan todas las comprobaciones relativas a su identidad, su edad, sus señas postales o la lealtad y la sinceridad de su participación. Toda declaración, indicación de identidad o dirección falsa implicara la eliminación inmediata del participante y, en su caso, el reembolso del premio ya asignado.

 

En ningún caso se aceptarán comentarios que atenten contra la imagen de SEPHORA ni contra los siguientes principios: derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la dignidad de la persona, principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social, así como otros principios que puedan resultar vulnerados. Por lo tanto, los Participantes se hacen responsables de estas manifestaciones y, en consecuencia, mantendrán indemnes a SEPHORA frente a cualquier reclamación de terceros.

 

 

V.                  COMUNICACIÓN DEL PREMIO

 

5.1    SEPHORA indicará en la fotografía del SORTEO el nombre de usuario ganador.

5.2   La comunicación se hará el día 28 de abril a través del perfil de Instagram

5.3   Una vez efectuada la anterior comunicación, el ganador deberá enviar un mensaje privado inteligible a @sephora_spain, en un plazo de 24 horas, esto es como máximo el martes 29 de abril de 2025 a las 23:59 horas, para aceptar el premio y comunicar sus datos personales.

5.4   Si transcurrido ese plazo de 24 horas no se recibiera respuesta por parte del ganador, se entenderá que renuncia al premio y se procederá a contactar con los ganadores suplentes.

5.5   En cualquier caso, si agotadas las suplencias o por cualquier otra razón no se encontrasen ganadores, el premio quedará desierto.

5.6   Una vez recibidos los datos personales por parte del ganador, el día 4 de febrero de 2025, SEPHORA se pondrá en contacto con el ganador vía mensaje privado para comunicarle el premio obtenido, mediante los datos personales proporcionados por éste.

5.7   SEPHORA no se responsabilizará de las posibles incidencias en la entrega o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que afecte a los regalos de este SORTEO.

5.8   La entrega del premio al ganador se realizará en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de aceptación por parte del ganador. No obstante, si efectuados los intentos de entrega del premio al ganador, dicha entrega no se llega a realizar por causas imputables al ganador, éste perderá todo derecho a recibir el premio, así como a ejercitar cualquier reclamación relacionada. Sin perjuicio de que otras posibles causas de falta de entrega sean consideradas imputables al ganador. Se considerarán causas imputables: el haber proporcionado a SEPHORA unos datos de contacto erróneos, así como el no recoger el premio habiéndose dejado aviso en el domicilio proporcionado por éste, dentro del plazo estipulado en dicho aviso.

5.9   El Organizador podrá publicar online y off-line el nombre del ganador, así como el premio obtenido, sin que ello les confiera ningún derecho distinto de la entrega del premio.

5.10         En ningún caso se aceptarán ni se gestionarán cesiones del premio a terceros ni tendrán los ganadores el derecho a recibir su valor en metálico.

 

VI.               DISPOSICIONES GENERALES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

 

6.1            SEPHORA se reserva el derecho a variar alguno de los premios y/o características de los mismos si fuera necesario, por ejemplo, por problemas en el suministro, etc.

 

6.2           No se permite canjeo de ninguno de los regalos por su valor económico.

 

6.3            Aunque SEPHORA hará todo lo posible por evitar el suministro de datos o documentos incorrectos o falsos por parte de los participantes, SEPHORA no se hará responsable de la veracidad de los datos o documentos que éstos faciliten. Por consiguiente, si los datos o documentos facilitados no fueran correctos o tuvieran errores, SEPHORA no se hará responsable de no poder contactar con los posibles ganadores para comunicarles el resultado, de no poder gestionar con ellos la entrega del premio y de todas las incidencias que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de los datos o documentos suministrados.

 

6.4            El plazo máximo establecido para cualquier tipo de reclamación referida y/o relacionada con el SORTEO se extingue a los dos (2) meses desde la finalización del mismo. Tras finalizar dicho plazo, se perderá todo derecho de reclamación.

 

6.5             El presente SORTEO no está patrocinado, avalado, administrado, ni asociado en modo alguno a Instagram. En este sentido, los participantes exoneran a Instagram de toda responsabilidad derivada de su participación en el SORTEO.

 

 

 

VII.           ACEPTACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES.

 

7.1            La participación en el presente SORTEO supone la aceptación íntegra de las presentes bases. El Organizador se reserva el derecho a variar estas bases si así lo exigieran las circunstancias y dirimir cuantas dudas pudieran surgir en lo no previsto en las mismas.

7.2       Las bases estarán a disposición de todos los participantes del SORTEO en: https://www.sephora.es/bases-legales-concurso-sephora.html 

7.3            El Organizador se reserva también el derecho a anular, prorrogar, recortar o modificar el SORTEO si las circunstancias lo obligan, sin tener que justificar la decisión y sin que se le pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello, siempre de forma que no perjudiquen los derechos adquiridos por los participan.

 

VIII.         ELEMENTOS DE PUBLICIDAD

 

8.1            El SORTEO será comunicado a través de las Redes Sociales oficiales de SEPHORA: Instagram. 

 

IX.            PROTECCIÓN DE DATOS.

9.1.               Los datos personales suministrados para participar en el SORTEO están destinados a Sephora Cosméticos España, S.L. Calle Alfonso XII 34, Bajo izquierda, 28014 Madrid, con CIF B84227461. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 20775, Folio 111, Seccion 8, Hoja M-368081.

 

9.2.                     Sus datos se usarán por parte de Sephora para gestionar su participación en el Sorteo y para la validación en caso de ser nombrado ganador.

 

9.3.                     Para obtener más información sobre cómo Sephora recopila, usa o divulga sus datos personales, para ejercer sus derechos de acceso, rectificación y eliminación, revisar sus opciones de marketing u organizar el destino post mortem de sus datos personales y conocer sus otros derechos, por favor lea nuestra Política de Privacidad y Cookies.

X.                 PROPIEDAD INTELECTUAL

 

10. El ganador autoriza expresamente el uso por parte de SEPHORA de cualquier declaración efectuada sobre el SORTEO y sobre el Premio tanto en la página web como en las redes sociales de SEPHORA.

 

XI.            FISCALIDAD

 

11.1 A los regalos del presente SORTEO le será de aplicación la Ley 35/2006 del 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo.

11.2 Corresponderá a SEPHORA el pago de estas retenciones, para lo cual SEPHORA le entregará el certificado de retenciones del año fiscal en el que disfrute el premio para que lo incluya en su declaración de la Renta, teniendo en cuenta el tipo aplicable en el momento de adjudicar el premio.

11.3. Al Sorteo objeto de estas bases legales le será aplicable la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, será por ello SEPHORA la encargada de presentar el impuesto recogido en el art.48 de la citada ley.

 

 

XII.           LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

12.1 Las presentes bases se regirán e interpretarán de acuerdo con su propio contenido y por las leyes de España. En caso de divergencia entre los participantes en el SORTEO y la interpretación de las presentes bases por SEPHORA serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid Capital (España), renunciando expresamente los participantes en este SORTEO a su propio fuero caso de que lo tuvieren.

 

    © 2025 SEPHORA COSMETICOS ESPAÑA SL

BASES LEGALES DEL SORTEO

SEPHORA – “Sorteo Set Fenty Hair”

18/04 - 02/05


I.                       OBJETO DEL SORTEO

 

SEPHORA COSMÉTICOS ESPAÑA, S.L. (en adelante también, el “Organizador” o “SEPHORA”), con domicilio fiscal en calle Alfonso XII 34 bajo izquierda, 28014 Madrid y CIF nº B-84227461, ha decidido poner en marcha el SORTEO 1 Set Fenty Hair (en adelante, el SORTEO) con objeto de promocionar productos Sephora.

 

II.                    ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DEL SORTEO

 

Ámbito Territorial

2.1.             El SORTEO se desarrollará en el territorio de España (limitado a los residentes en dicho territorio).

Ámbito Temporal

2.2.             El SORTEO se iniciará a las 10:00 horas del 18 de abril de 2025 y finalizará a las 23:59 horas del 2 de mayo de 2025, ambos inclusive (en adelante, “PERÍODO PROMOCIONAL”).

 

III.                 REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SORTEO.

3.1.             La participación en el presente SORTEO es de carácter gratuito, dirigido a residentes en España y mayores de 16 años.

3.2.             En particular, SEPHORA se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que viole cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente documento. Asimismo, SEPHORA también se reserva el derecho a verificar por cualquier procedimiento que estime apropiado que el ganador cumple con todos los requisitos de este documento y que los datos que proporcione a SEPHORA son exactos y veraces. Entre otras cuestiones, SEPHORA podrá pedir documentación a los participantes para que acrediten el cumplimiento de los requisitos de participación. La no aportación de esta documentación podrá dar lugar a la descalificación del participante requerido.

3.3.             Quedan excluidos de este SORTEO los propietarios y empleados de SEPHORA, así como sus respectivos familiares, ascendientes, descendientes, cónyuges o parejas de hecho. Asimismo, el organizador se reserva el derecho a evitar que sobre este SORTEO se establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso podrá ejercer aquellas acciones legales que estime oportunas.

3.4.             SEPHORA descartará aquellas participaciones que sean abusivas o fraudulentas.


IV.                 MECÁNICA DEL SORTEO

Para participar, deberán respetarse los siguientes requisitos:

4.1 Seguir a @sephora_spain y @fentyhair

4.2 Mencionar a un amigo en el apartado de comentarios

4.3 Los participantes podrán participar en el SORTEO el número de veces que consideren oportuno sin estar esta limitada a un número concreto de veces por participante.

4.4 De entre todos los comentarios que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente, SEPHORA, mediante herramientas de selección aleatoria, obtendrá el/los ganadores del SORTEO. Se elegirá 2 ganadores de forma aleatoria. En ese mismo acto se elegirá 2 suplentes, el cual será premiado en el caso en el que el ganador elegido en primer lugar no se ponga en contacto con SEPHORA en las condiciones establecidas en el apartado V o haya sido descalificado conforme a lo establecido en las presentes Bases Legales.

4.5 El premio será para el/los participantes que hayan resultado ganador/es. El premio es personal e intransferible.

4.6 El premio será el siguiente:

Ø 1 Ganador/es: 1 Set de novedades de Tarte valorado en 269,90€

o  1 The Homecurl 100ml – 19,90 €

o  1 The Rich One 300ml – 35

o  1 The Comeback Kid 150ml - 37

o  1 The Protective Type 150ml- 35,00

o  1 The Rich One 300ml- 35,00

o  1 The Richer One 340ml - 37 €

o  1 The Gelly Type 200ml - 31 €

o  1 The Controlling Type -100ml - 23 €

o  1 The Side Stick 1ud - 17

 

 

Los ganadores deberán respetar el reglamento. Si este no respondiera a los criterios del presente reglamento, no se le atribuirá el premio. Los participantes autorizan todas las comprobaciones relativas a su identidad, su edad, sus señas postales o la lealtad y la sinceridad de su participación. Toda declaración, indicación de identidad o dirección falsa implicara la eliminación inmediata del participante y, en su caso, el reembolso del premio ya asignado.


En ningún caso se aceptarán comentarios que atenten contra la imagen de SEPHORA ni contra los siguientes principios: derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la dignidad de la persona, principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social, así como otros principios que puedan resultar vulnerados. Por lo tanto, los Participantes se hacen responsables de estas manifestaciones y, en consecuencia, mantendrán indemnes a SEPHORA frente a cualquier reclamación de terceros.



V.                    COMUNICACIÓN DEL PREMIO


5.1 SEPHORA indicará en la fotografía del SORTEO el nombre de usuario ganador.

5.2 La comunicación se hará el día 3 de mayo a través del perfil de TikTok

5.3 Una vez efectuada la anterior comunicación, el ganador deberá enviar un mensaje privado inteligible a @sephora_spain, en un plazo de 24 horas, esto es como máximo el martes 4 de mayo de 2025 a las 23:59 horas, para aceptar el premio y comunicar sus datos personales.

5.4 Si transcurrido ese plazo de 24 horas no se recibiera respuesta por parte del ganador, se entenderá que renuncia al premio y se procederá a contactar con los ganadores suplentes.

5.5 En cualquier caso, si agotadas las suplencias o por cualquier otra razón no se encontrasen ganadores, el premio quedará desierto.

5.6 Una vez recibidos los datos personales por parte del ganador, el día 8 de abril de 2025, SEPHORA se pondrá en contacto con el ganador vía mensaje privado para comunicarle el premio obtenido, mediante los datos personales proporcionados por éste.

5.7 SEPHORA no se responsabilizará de las posibles incidencias en la entrega o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que afecte a los regalos de este SORTEO.

5.8 La entrega del premio al ganador se realizará en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de aceptación por parte del ganador. No obstante, si efectuados los intentos de entrega del premio al ganador, dicha entrega no se llega a realizar por causas imputables al ganador, éste perderá todo derecho a recibir el premio, así como a ejercitar cualquier reclamación relacionada. Sin perjuicio de que otras posibles causas de falta de entrega sean consideradas imputables al ganador. Se considerarán causas imputables: el haber proporcionado a SEPHORA unos datos de contacto erróneos, así como el no recoger el premio habiéndose dejado aviso en el domicilio proporcionado por éste, dentro del plazo estipulado en dicho aviso.

5.9 El Organizador podrá publicar online y off-line el nombre del ganador, así como el premio obtenido, sin que ello les confiera ningún derecho distinto de la entrega del premio.

5.10          En ningún caso se aceptarán ni se gestionarán cesiones del premio a terceros ni tendrán los ganadores el derecho a recibir su valor en metálico.


VI.                 DISPOSICIONES GENERALES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD


6.1 SEPHORA se reserva el derecho a variar alguno de los premios y/o características de los mismos si fuera necesario, por ejemplo, por problemas en el suministro, etc.


6.2 No se permite canjeo de ninguno de los regalos por su valor económico.


6.3 Aunque SEPHORA hará todo lo posible por evitar el suministro de datos o documentos incorrectos o falsos por parte de los participantes, SEPHORA no se hará responsable de la veracidad de los datos o documentos que éstos faciliten. Por consiguiente, si los datos o documentos facilitados no fueran correctos o tuvieran errores, SEPHORA no se hará responsable de no poder contactar con los posibles ganadores para comunicarles el resultado, de no poder gestionar con ellos la entrega del premio y de todas las incidencias que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de los datos o documentos suministrados.


6.4 El plazo máximo establecido para cualquier tipo de reclamación referida y/o relacionada con el SORTEO se extingue a los dos (2) meses desde la finalización del mismo. Tras finalizar dicho plazo, se perderá todo derecho de reclamación.


6.5 El presente SORTEO no está patrocinado, avalado, administrado, ni asociado en modo alguno a TikTok. En este sentido, los participantes exoneran a TikTok de toda responsabilidad derivada de su participación en el SORTEO.



 

VII.              ACEPTACIÓN Y DEPÓSITO DE LAS BASES.


7.1 La participación en el presente SORTEO supone la aceptación íntegra de las presentes bases. El Organizador se reserva el derecho a variar estas bases si así lo exigieran las circunstancias y dirimir cuantas dudas pudieran surgir en lo no previsto en las mismas.

7.2 Las bases estarán a disposición de todos los participantes del SORTEO en: https://www.sephora.es/bases-legales-concurso-sephora.html

7.3 El Organizador se reserva también el derecho a anular, prorrogar, recortar o modificar el SORTEO si las circunstancias lo obligan, sin tener que justificar la decisión y sin que se le pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello, siempre de forma que no perjudiquen los derechos adquiridos por los participan.

 

VIII.           ELEMENTOS DE PUBLICIDAD

 

8.1 El SORTEO será comunicado a través de las Redes Sociales oficiales de SEPHORA: TikTok.

 

IX.                 PROTECCIÓN DE DATOS.

9.1.             Los datos personales suministrados para participar en el SORTEO están destinados a Sephora Cosméticos España, S.L. Calle Alfonso XII 34, Bajo izquierda, 28014 Madrid, con CIF B84227461. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 20775, Folio 111, Seccion 8, Hoja M-368081.


9.2.             Sus datos se usarán por parte de Sephora para gestionar su participación en el Sorteo y para la validación en caso de ser nombrado ganador.


9.3.             Para obtener más información sobre cómo Sephora recopila, usa o divulga sus datos personales, para ejercer sus derechos de acceso, rectificación y eliminación, revisar sus opciones de marketing u organizar el destino post mortem de sus datos personales y conocer sus otros derechos, por favor lea nuestra Política de Privacidad y Cookies.

X.                    PROPIEDAD INTELECTUAL


10. El ganador autoriza expresamente el uso por parte de SEPHORA de cualquier declaración efectuada sobre el SORTEO y sobre el Premio tanto en la página web como en las redes sociales de SEPHORA.


XI.                 FISCALIDAD


11.1 A los regalos del presente SORTEO le será de aplicación la Ley 35/2006 del 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo.

11.2 Corresponderá a SEPHORA el pago de estas retenciones, para lo cual SEPHORA le entregará el certificado de retenciones del año fiscal en el que disfrute el premio para que lo incluya en su declaración de la Renta, teniendo en cuenta el tipo aplicable en el momento de adjudicar el premio.

11.3. Al Sorteo objeto de estas bases legales le será aplicable la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, será por ello SEPHORA la encargada de presentar el impuesto recogido en el art.48 de la citada ley.



XII.              LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

12.1 Las presentes bases se regirán e interpretarán de acuerdo con su propio contenido y por las leyes de España. En caso de divergencia entre los participantes en el SORTEO y la interpretación de las presentes bases por SEPHORA serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid Capital (España), renunciando expresamente los participantes en este SORTEO a su propio fuero caso de que lo tuvieren.

 

© 2025 SEPHORA COSMETICOS ESPAÑA SL